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Colegios privados no pueden prohibir rendir

Nov 27, 2019

El Ministerio de Educación y Ciencias advierte a las instituciones privadas y subvencionadas que deben tomar los exámenes finales a los estudiantes, pese a que exista retraso en las cuotas, según lo que dispone la ley número 5738 vigente desde el 2016, norma que garantiza el derecho de niños, niñas y adolescentes que estudian en instituciones educativas de gestión privada. 

MEC recuerda que hay sanciones para colegios que no dejen rendir. Foto: MEC
MEC recuerda que hay sanciones para colegios que no dejen rendir. Foto: MEC

La directora de la Niñez y Adolescencia del MEC, Sonia Escauriza, explicó que cuentan con 21 casos confirmados de alumnos que fueron discriminados por morosidad y detalló que se registran hasta cuatro denuncias por día contra colegios privados que no dejaron rendir a alumnos por deudas de cuotas escolares, cuando la ley prohíbe denegar el derecho a exámenes parciales o finales o retener la libreta de calificaciones. 

En caso de que los directivos de los colegios priven de este derecho a los estudiantes, son pasibles de multas que van de cinco a 50 salarios mínimos, entre 10 y 100 millones de guaraníes. Sonia Escauriza recomendó a los directivos de los institutos que en caso de persistir la deuda y no llegar a un acuerdo con los padres, ya no inscribir a los alumnos al año siguiente. Igualmente, pidió a los padres o tutores tomar medidas para evitar exponer a sus hijos. 

 

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