¿Quiénes podrán circular el día del Censo Nacional?

Nov 1, 2022 | País

A una semana del Censo Nacional, desde el Instituto Nacional de Estadística elaboraron una lista interesante de funciones esenciales que van a poder operar el próximo 9 de noviembre, feriado por única vez a nivel país.

El próximo 9 de noviembre se llevará a cabo el Censo Nacional de Población y Viviendas 2022.

¿Quiénes podrán circular el día del Censo Nacional? Foto: IP

Desde el Instituto Nacional de Estadística recordaron que a partir de las 5:00 hasta las 18:00 quedará suspendida en todo el territorio nacional la circulación de transporte de personas y cargas.

No obstante, mediante resolución N° 2446, quedarán exceptuadas de la prohibición de circulación las siguientes personas y funciones:

–  Autoridades nacionales, departamentales, municipales, diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables.

– Funcionarios del sector público y privado para la prestación de servicios imprescindibles; servicios de salud públicos y privados; de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos.

– Personal de salud, Fuerzas Militares y Policiales, actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos y control de tráfico aéreo.

– Personas que deban asistir a otras con discapacidad y adultos mayores; trabajadores de medios de comunicación y personas afectadas a la actividad del censo.

– Mantenimiento de servicios básicos como agua, electricidad, comunicaciones, y de emergencias.

– Actividades que el BCP disponga imprescindible para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.

– Cadena logística (puertos, buques fluviales, líneas marítimas).

– Servicios funerarios, farmacias ubicadas cerca de hospitales, hasta una distancia máxima de 100 metros.

– Trabajadores imprescindibles para el funcionamiento de hoteles

– Actividades de telecomunicaciones, internet fijo y móvil, servicios digitales y call center.

– Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

Desde el INE recuerdan que las personas afectadas a las actividades y servicios citados más arriba deberán portar sus respectivas acreditaciones que los certifiquen como tales  (carnet, certificados, constancias, permisos, etc.)

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