Mediante Resolución N° 671/2023 el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) estableció el periodo de veda pesquera 2023/2024, que inicia el 1 de noviembre.

Periodo de veda pesquera inicia el 1 de noviembre, recuerdan. Foto: Gentileza
La veda se extenderá hasta el 15 de diciembre del presente año para las aguas compartidas con Argentina y hasta el 31 de enero del 2024 para las aguas compartidas con Brasil.
La resolución rige para todo el territorio nacional, en las modalidades de pesca deportiva y comercial, y en lo que respecta a la utilización de artes de pesca, el transporte y la comercialización de productos pesqueros.
Las autoridades advirtieron que se llevarán a cabo estrictos controles en rutas, comercios, transportes y agua para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales.
Todos los acopiadores y casas comerciales, como pescaderías, supermercados, restaurantes y comedores, inscriptos en el Registro Nacional de Pesca y Pescadores que tengan en almacenamiento pescados extraídos en tiempo y forma antes del inicio de la veda, deberán presentar declaración jurada de almacenamiento en la Dirección de Pesca y Acuicultura o en las Oficinas Regionales del MADES.
Los productos debidamente declarados en tiempo y forma podrán ser comercializados en el plazo perentorio de 12 días corridos desde el inicio de la veda pesquera, al solo efecto de agotar los productos almacenados.