El ministro de Desarrollo Social, Tadeo Rojas, explicó que el decreto n.° 3.899 establece la obligatoriedad de que las empresas proveedoras del programa Hambre Cero adquieran al menos el 10 % de sus insumos de la agricultura familiar campesina y el 5 % de productos y servicios de mipymes.

Nuevos lineamientos de Hambre Cero buscan beneficiar a la agricultura nacional. Foto: MDS
Según Rojas, con esta medida busca formalizar y fortalecer legalmente lo que ya estaba estipulado en los lineamientos y contratos del programa.
“Quiero aclarar que la compra de productos e insumos de la agricultura familiar campesina, como también de los productos de bienes y servicios de las mipymes, está establecida hoy en los lineamientos del programa, como así también en los contratos, pero le faltaba un toque más formal, con un respaldo legal de mucho más peso”, explicó Rojas.
El mencionado decreto también impone que las empresas presenten mensualmente facturas de compra a través del Sistema Integrado de Alimentación Escolar (SIAE), requisito necesario para el proceso administrativo de pago.
Rojas advirtió que el incumplimiento de esta normativa será considerado una falta contractual, sujeta a sanciones administrativas.
Para finalizar, Rojas sostuvo que se busca beneficiar directamente al sector productivo, reduciendo el impacto negativo de los intermediarios, quienes suelen afectar los precios y pagos en perjuicio de los productores.
“Por su volumen, dimensión y cobertura, Hambre Cero es un programa de revisión y de ajustes permanentes a los efectos de que pueda ser cada vez más efectivo”, agregó.
Aclaró que esta obligación aplica tanto a la modalidad de cocinando en escuelas como al sistema de catering, y tiene como objetivo garantizar compras constantes y directas, sin intermediarios.