Temporada de vacaciones laborales: Ministerio de Trabajo recuerda derecho de trabajadores

Ene 6, 2026 | País

El Ministerio de Trabajo recuerda cuáles son las normativas vigentes con respecto al descanso laboral, teniendo en cuenta que entramos en temporada alta de vacaciones laborales en el país.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) recuerda cuál es la normativa respecto a las vacaciones laborales ante el inicio de la temporada alta de descanso laboral.

Ministerio de Trabajo recuerda derecho de trabajadores. Foto: referencial

Según la institución, la Resolución N.º 1290/2024 reglamenta el otorgamiento de las vacaciones para los trabajadores del sector privado y que la remuneración del mismo es un derecho del trabajador.

Actualmente, el artículo 218 del Código Laboral establece que el periodo de vacaciones remuneradas es un derecho que se genera después de cumplido el primer año de trabajo.

Explican que la cantidad de días otorgados es conforme a la antigüedad del trabajador, que es 12 días hábiles en el primer año; a los que superan los 5 años les corresponde 18 días hábiles y 30 días hábiles corridos para los que cuentan con más de diez años de antigüedad.

En cuanto a las vacaciones remuneradas, la institución menciona que para el monto que el trabajador debe recibir con motivo de sus vacaciones, se tendrá en cuenta el salario mínimo legal vigente en la época de goce de vacaciones, o el salario que entonces recibe el trabajador, si es superior al mínimo legal.

Desde el Ministerio de Trabajo recuerdan que las vacaciones no son acumulables; pero la ley establece una excepción para acumularlas por dos años, siempre que el trabajador lo solicite y no perjudique a los intereses de la empresa.

Es importante acotar que las vacaciones pueden ser interrumpidas solo por urgente necesidad del empleador, y el trabajador no pierde el derecho de retomarlas posteriormente.

Indicaron que las vacaciones deben ser señaladas por el empleador, a más tardar dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se tiene derecho a vacaciones y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio.

El Ministerio de Trabajo insta a los trabajadores a denunciar eventuales incumplimientos de este derecho, de manera presencial a la sede del MTESS u otras sedes regionales, así también al WhatsApp (0993) 308 100.

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