En la ley vigente, la empresa paga 10% por las rentas y al distribuir las utilidades, el dueño o accionista paga un 5% nada más, pero del IRACIS, no así del IRAGRO, que es del sector agrícola y pecuario. Sin embargo, los que trabajan en el sector industrial, comercial y de servicios tienen que pagar el 5% al distribuir las utilidades, lo que el sector agrícola y pecuario no lo hace actualmente.
Del 50% de las acciones o utilidades que reciba la persona debe abonar el 10% (en términos nominales del 100% de las acciones es el 5%). Entonces, con el régimen vigente existe una carga total del 20% (10% a las rentas, 5% al distribuir utilidades (ambas por IRACIS) y 5% por utilidades recibidas que es en concepto de IRP).
Con la reforma se pagará una carga total de 18% (10% del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) y 8% por el Impuesto a los Dividendos y Utilidades (IDU)), es decir, la carga tributaria es menor, pero aquí sí ya pagan los del sector agrícola y pecuario, los agroexportadores y los accionistas de empresas que podrán deducir gastos en el IRP, pero la aplicación del IDU es directo, sin deducir absolutamente nada.