El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) recuerda a las personas que el uso indebido de la rampa de frenado ubicada en a la altura del cerro Caacupé genera una multa.

Advierten que hasta 10 jornales es la multa por uso indebido de la rampa de frenado. Foto: archivo MOPC
Desde el MOPC advierten a los conductores que la utilización de esa rampa es solamente para casos de emergencia donde se puedan prevenir accidentes por desperfectos del vehículo.
La advertencia tuvo lugar tras la viralización de un vídeo en donde se puede observar cómo un conductor utilizó la rampa sin necesidad, aparentemente para probar la fuerza de su camioneta.
Otro de los casos involucra a un motociclista que ingresó a la rampa de frenado sin ninguna justificación, incluso fue a parar hasta el final de la rampa, poniendo en riesgo hasta su propia vida.
Señalaron que el uso indebido de la rampa, puede impedir que esté disponible cuando un conductor verdaderamente lo necesite ante una emergencia.
Según la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N.º 5016/2014, el uso indebido de la rampa es considerado como una falta grave y es sancionado con una multa de 10 jornales, equivalente a G. 1.076.270.
El MOPC puntualizó que la infraestructura fue diseñada exclusivamente para situaciones de emergencia, como fallas en el sistema de frenos, ante los constantes accidentes que se registraban en el lugar.
Recalcaron que el uso de la rampa es completamente gratuito para cualquier conductor que se vea en una situación de emergencia y que la misma está operativa durante las 24 horas del día.
Agregaron que el retiro del vehículo también es gratuito mediante gestiones del MOPC con la empresa concesionaria de la ruta PY02.