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Desde hoy, deudores de prestación alimentaria no podrán obtener licencia de conducir

Abr 11, 2024

A partir de este jueves 11 de abril, los padres que no cumplan con la pensión alimentaria de sus hijos no podrán obtener la licencia de conducir, según informaron las autoridades.

A través de un comunicado, el Ministerio de la Niñez y Adolescencia, en conjunto con el Poder Judicial y la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (Opaci), comunicó que desde hoy, los padres deudores de prestación alimentaria no podrán realizar trámites para obtener la licencia de conducir.

Desde hoy, deudores de prestación alimentaria no podrán obtener licencia de conducir. Foto: Gentileza

De acuerdo a lo informado, la decisión fue tomada a fin de dar cumplimiento irrestricto a la Ley 5415/15 del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), en lo referente a Registro de Conducir.

La acción implica que madres y padres morosos registrados en Redam no puedan acceder a la provisión del registro, documento otorgado en los municipios.

Acerca del deudor alimentario moroso

Es la persona responsable del cumplimiento de una obligación alimentaria derivada de una sentencia firme o convenio judicialmente homologado, que incurriera en mora en el pago de tres o más cuotas sucesivas o alteradas.

A través de la Ley 5415/15, se crea el Redam como mecanismo de control del incumplimiento del deber legal alimentario.

“Apelamos a una maternidad y paternidad responsables para garantizar el derecho alimentario, fundamental para el crecimiento armónico e integral de niñas, niños y adolescentes”, enfatizaron las instituciones.

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