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Ruta del cobre: impunidad alienta el hurto del cable

Jul 25, 2023

La impunidad y la falta de control en el funcionamiento de las chatarrerías siguen siendo algunos de los factores que alientan la problemática del hurto de cables, hecho vinculado al comercio ilegal del cobre.

En los últimos tiempos, los constantes hurtos de cables son un tema de debate por parte de las autoridades, las instituciones y la sociedad. Este delito no es uno de los que generan miedo, pero sí es uno de los que más daños ocasiona.

Ruta del cobre: impunidad alienta el hurto del cable. Foto: Ilustrativa

Al respecto, la agente fiscal Teresa Sosa señaló que el hurto de cables es considerado como un hecho bagatelario y cuenta con una salida procesal. Igualmente, enfatizó que este flagelo aumentó considerablemente desde la pandemia del coronavirus.

“Resulta que es muy complicada la persecución penal de todos los hechos punibles. En ese sentido, el legislador consideró que aquellos objetos que no tienen un valor económico relevante no se persiga penalmente”, explicó.

En esa línea, resaltó que el hecho bagatelario “se aplica más bien en los hechos punibles de hurto, porque recuerdo que en el hecho punible de robo se requiere el uso de la fuerza contra la víctima y allí tiene un cariz diferente. El robo es un hecho punible más gravoso”, sostuvo.

Es importante destacar que el Código Penal, en su artículo 172, define los hechos bagatelarios como aquellos casos de apropiación o hurto donde el valor de lo robado sea menor de diez jornales, que equivalen a G. 1.030.091.

Acerca del criterio de oportunidad para hechos bagatelarios, Sosa mencionó que generalmente se hace en los tipos penales de hurto, al menos que haya una insistencia por parte de las víctimas en torno al daño generado.

“En general, el criterio es que se le exime de una sanción penal”, complementó la representante del Ministerio Público.

Según el artículo 19 del Código Procesal Penal, el Ministerio Público, con consentimiento del Tribunal competente, podrá prescindir de la persecución penal de los delitos cuando:

1-No genere el interés público en la persecución

2-Las leyes permiten al Tribunal prescindir de la pena

3-La pena que se espera carece de importancia

4-La extradición o expulsión del imputado

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