20 años de cárcel para pastor que abusó de un niño

Abr 23, 2024 | País

Un pastor evangélico de 63 años fue condenado a 20 años de prisión por abusar sexualmente de un niño de 5 años en la ciudad de Benjamín Aceval.

El agente fiscal Irán Suárez Galeano representó al Ministerio Público en la investigación y en el juicio oral y público por el hecho punible de abuso sexual en niños, donde resultó víctima un menor de 5 años.

20 años de cárcel para pastor que abusó de un niño. Foto: Getty Images

El caso culminó el día lunes ante el Tribunal de Sentencia de Villa Hayes, donde se dictó la condena de 20 años de cárcel para un hombre de 63 años, que abusó sexualmente del niño en la ciudad de Benjamín Aceval. El ahora condenado se desempeñaba como pastor de una iglesia evangélica en el Bajo Chaco.

Antecedentes:

Los hechos se remontan al 11 de diciembre del 2022, cuando el pequeño fue a jugar en el patio del vecino, ocasión que fue aprovechada por el adulto mayor, quien lo introdujo al baño de la casa, donde tras taparle la boca y los ojos lo sometió al coito.

Tras el terrible hecho, el menor fue hasta su casa y le pidió a su padre que lo limpie, momento en el cual se percataron con la madre de lo ocurrido e inmediatamente lo llevaron hasta el Hospital de Villa Hayes.

La unidad fiscal interviniente a cargo del agente  fiscal Irán Suárez procedió de inmediato a trasladar al niño hasta el departamento de Clínica Forense y hasta el Centro de Atención a Víctimas del Ministerio Público, donde se constató a través del médico forense de turno la existencia de tres lesiones.

De igual manera, el niño en su contención psicológica señaló al supuesto autor.

En la causa se realizaron varias diligencias como ser: la contención psicológica, la evaluación psicológica, Cámara Gesell, pericias planimétricas del lugar del hecho, estudios laboratoriales, testimonios y otros elementos de prueba con los cuales el Ministerio Público ha demostrado claramente tanto la existencia del hecho así como la autoría del hombre.

Cabe recordar que en cumplimiento a las leyes de protección a los niños, se omiten la identificación tanto de la víctima como del victimario.

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