Qué hacer ante la visita del censista: Multas por negarse a responder pueden llegar a G. 20 millones

Nov 9, 2022 | País

Este miércoles se realiza en Paraguay el Censo Nacional 2022, en el que más de 210.000 voluntarios visitarán 1,9 millones de viviendas. Recordá qué puede y qué no hacer el censista. Las multas por negarse a responder pueden llegar a G. 20 millones.

En Paraguay se desarrolla este miércoles 9 de noviembre el Censo Nacional 2022. Durante la jornada más de 210.000 voluntarios visitarán 1,9 millones de viviendas y una población estimada de 7.500.000 habitantes repartida en 263 distritos o municipios a fin de recabar datos claves para el desarrollo del país.

Más de 210.000 censistas visitarán 1,9 millones de viviendas. Foto: Gentileza.

Desde el Instituto Nacional de Estadística (INE) recordaron que los censistas deben estar identificados con una credencial firmada por el Director Nacional del INE, donde portan su Cédula de Identidad. En el dorso, la credencial posee un código QR, con un enlace directo a los datos cargados a la plataforma web del INE.

Los voluntarios portarán durante su labor una carpeta en el que se indica el sector que les corresponde censar que también está identificado con los símbolos del Censo. En este folder están las planillas y cuestionario del Censo. También llevarán un bolso con el logotipo del Censo.

La ciudadanía no tiene una obligación legal para dejar entrar a los censistas a la residencia, pero es recomendable para facilitar el trabajo del censista que la persona los reciba y los hagan entrar.

Qué no debe hacer el censista

El censista no debe recorrer la vivienda, así como tampoco sacar fotos a la fachada ni a las pertenencias de la vivienda. Los voluntarios no deben pedir firmas ni dinero, así como tampoco tienen que pedir datos que no figuren en el cuestionario del censo.

Multas por no responder

En caso de negarse o brindar información falsa, desde el INE señalan que hay fuertes sanciones y multas establecidas en la Ley 6670, en su artículo 38.

Expresamente, la normativa señala lo siguiente:

“Se considerarán infracciones a la presente ley: a) Negarse, resistirse u omitir brindar los datos, que con fines estadísticos requieran los organismos del Sistema Estadístico Nacional (SISEN). b) Suministrar los datos requeridos fuera de los plazos establecidos. c) Negarse a subsanar las inconsistencias o errores contenidos en los datos brindados, dentro de los plazos establecidos. d) Proporcionar datos falsos o adulterados”.

En esa línea, cabe señalar que las multas por negarse a responder las preguntas o falsear datos pueden llegar a 200 jornales mínimos (casi G. 20.000.000).

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