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Sanciones financieras de EE.UU. a empresas del Grupo Cartes pueden ser revertidas, según abogado

Feb 1, 2023

El experto en Derecho Penal Económico y Lavado de Dinero, José Fernández Zacur, habló sobre las restricciones y los alcances de las sanciones de EE.UU. al Grupo Cartes.

El abogado José Fernández Zacur, experto en Derecho Penal Económico y Lavado de Dinero, explicó en contacto con el Noticiero Unicanal, la situación en la que se encuentran Horacio Cartes y Hugo Velázquez, en cuanto a las sanciones recibidas por parte de Estados Unidos, comunicadas el pasado jueves por el embajador norteamericano en nuestro país, Marc Ostfield.

En primer lugar se debe entender que las medidas tomadas por el gobierno estadounidense están respaldadas por su legislación y forman parte del ejercicio de la autonomía que tiene cada nación. Ahora, estas medidas tienen unos límites concretos que fueron establecidos por el propio estamento del gobierno americano”, apuntó el abogado.

Sanciones financieras EE.UU. a empresas de Grupo Cartes pueden ser revertidas, según abogado – José Fernández Zacur – Foto: Archivo

Fernández Zacur refirió que dichas restricciones pueden ser revertidas, si es que las personas sancionadas presentan un recurso legal para levantar dichas restricciones.

Por otra parte, el abogado aclaró a quiénes alcanza la medida y de qué manera. “Si alguna de las personas sancionadas no es dueña del 50% o más del paquete accionario o de otra sociedad que tenga el 50%, estarían libres de toda restricción. Y con relación a los sujetos sancionados, la verdadera prohibición radica en el uso o la intermediación del sistema financiero norteamericano, que no tiene nada que ver con la moneda en sí, es decir, se pueden realizar transacciones en divisas extranjeras, siempre y cuando no se utilice directa o indirectamente un banco norteamericano”, dijo.

Asimismo, explicó que se deben desvincular las personas físicas de las jurídicas, para tener un mejor entendimiento de las sanciones estipuladas. Los afectados de las medidas son únicamente los ciudadanos norteamericanos y las empresas que se constituyeron en ese territorio, por ello, no tiene implicancia en personas extranjeras ni en otras empresas del mundo entero, por lo que no hay restricción en que estas hagan negocios con las firmas del Grupo Cartes.

Hay que entender que los destinatarios de las restricciones son las personas físicas o las personas jurídicas norteamericanas, es decir, aquellos que tengan residencia permanente en los Estados Unidos, son ellos los que tienen la prohibición de operar con aquellos sujetos sancionados. Por otra parte, se debe entender quiénes son los sancionados concretamente. Desde la embajada dieron los nombres de dos personas físicas, Horacio Cartes y Hugo Velázquez, así como otras cuatro personas jurídicas, que son las empresas en territorio americano”, recalcó.

De la misma forma remarcó que estas sanciones no se pueden extender a otras empresas del grupo empresarial, por lo que pueden seguir operando con tranquilidad siempre y cuando no tengan relacionamiento con empresas o ciudadanos de Estados Unidos.

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