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TSJE recorta salarios y suspende beneficios adicionales durante la cuarentena sanitaria

Abr 23, 2020

En el marco de la Ley de Emergencia establecida a causa del Covid-19, desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) establecieron ciertas medidas administrativas, fiscales y financieras a fin de lograr la racionalización de los gastos y optimización de recursos para la ejecución del presupuesto correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020.

Numerosos beneficios y gastos adicionales serán recortados en la Justicia Electoral. Foto: TSJE
Numerosos beneficios y gastos adicionales serán recortados en la Justicia Electoral. Foto: TSJE

Estas medidas fueron implementadas por el ministro Jaime Bestard, presidente del TSJE, y son apoyadas por los demás ministros del tribunal Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka.

Algunas de las medidas que contempla el documento es la suspensión de la asignación de combustible y pagos en concepto de Aporte Estatal y Subsidio Electoral a las agrupaciones políticas. Así también se suspendieron los pagos de subsidio familiar, por escolaridad de hijos menores de edad de los funcionarios electorales.

Por otra parte, mediante el documento se dispuso cesar las remuneraciones extraordinarias y adicionales a los funcionarios permanentes, el personal contratado y los comisionados que prestan servicio en la Justicia Electoral. También la asignación de viáticos nacionales en el primer semestre del 2020. Explican que estos serían reasignados en el segundo semestre, dependiendo de las medidas sanitarias, y serán solo para las tareas de capacitación para el voto electrónico.

El decreto también establece la suspensión de los gastos de pasajes y viáticos a exterior para los ministros, magistrados y funcionarios de la institución, por todo el año. Además, se dispone la interrupción en los descuentos realizados a los salarios de los funcionarios por las casas comerciales o de cualquier otra índole y la interrupción en la contratación del personal transitorio y el nombramiento de funcionarios permanentes.

El documento autoriza a la Dirección General de Administración y Finanzas (DGAF) a suspender un cierto porcentaje de los salarios establecidos en el Anexo de Personal. Esto será en cuanto a lo que corresponde a los meses de abril, mayo y junio, así como los honorarios profesionales. 

Teniendo en cuenta el artículo 9 del Decreto N° 3506/2020, se aplicará de la siguiente manera: salarios iguales a 5 y hasta 10 salarios mínimos legales, en un porcentaje del 10% mensual; y salarios mayores a 10 salarios mínimos legales, en un porcentaje del 20% mensual.

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