El abogado penalista, Ricardo Preda, criticó el proyecto de ley de la Devolución Premiada, que permitirá una reducción de la condena a aquellos funcionarios acusados de hechos de corrupción que devuelvan el dinero defraudado al Estado paraguayo, por presentar errores en la redacción. El proyecto ya cuenta con media sanción por parte de Diputados.

Devolución premiada: Abogado expone errores en el proyecto de ley. Foto: Web.
«El proyecto presenta groseros errores que denotan que fue redactado por gente que no tiene la más pálida idea de la técnica legislativa y de la sistemática del Código Penal», aseguró Preda.
En otra línea, apuntó que el proyecto es un «disparate» y citó como primer error que se haya colocado que esta reducción de la pena podrá aplicarse a “hechos punibles contra el erario público”.
“El proyecto es un disparate; creo que no va a prosperar en la Cámara de Senadores porque es inaceptable. En el Código Penal se denominan hechos punibles contra el erario público: la evasión de impuestos y la adquisición fraudulenta de subvenciones. No creo que esos diputados hayan pensado en esos hechos punibles cuando pretendieron incorporar este inciso. Creo que ellos estaban pensando en perjuicios patrimoniales causados por funcionarios públicos en el marco de sus funciones en el Estado», declaró.
Error en la acepción del término «funcionario», según abogado
Otro error que señaló Preda fue que en el Código Penal Paraguayo la palabra “funcionario” no tiene la misma acepción que en el derecho administrativo.
“En el Derecho Administrativo, funcionario público es todo aquel que reciba un salario del Estado y que está básicamente vinculado a la Ley de Presupuesto. Para el Código Penal, la palabra funcionario significa que todo el que ejerza una función pública no necesariamente puede ser un funcionario público. Por ejemplo, cuando se autoriza una escritura pública, la persona está ejerciendo una función pública, es decir, el Estado delega en el notario la facultad de dar fe sobre hechos que acontecen ante él”, puntualizó.
Por otra parte, el abogado resaltó que en el Código Penal se establece que la devolución es la reparación del daño. Y cuestionó que la propuesta no incluye una reparación integral del daño ocasionado.
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