En 2024 se sancionó la Ley 7235/23 que crea la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones con el objetivo de garantizar la seguridad, liquidez y rentabilidad de las inversiones destinadas al pago de futuras pensiones.

Falta reglamentación para avanzar con la Superintendencia de Jubilaciones. Foto: gentileza
Según la ministra de Trabajo, Mónica Récalde, la normativa aún no está operativa debido a que falta culminar el proceso de reglamentación como la elección de los representantes de jubilados y trabajadores en el Consejo.
“Aún falta la reglamentación que permitirá avanzar con la institucionalidad de la superintendencia. Entre otras cosas, debe seleccionarse, una vez conformado el Consejo, quién será el Superintendente de Jubilaciones”, explicó la ministra.
Refirió que la conformación del Consejo es clave para la puesta en marcha de la Superintendencia y será elegido por el Consejo a partir de una terna, y deberá ser una persona externa al órgano con formación y experiencia técnica en pensiones.
La ley establece que estará integrado por seis miembros: representantes del Banco Central del Paraguay, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Trabajo, además de un representante de los trabajadores y otro de los jubilados.
“Las representaciones de trabajadores y jubilados ya presentaron sus candidatos: los trabajadores lo hicieron a través de la Coordinadora Sindical mediante una asamblea, y los jubilados, desde distintas asociaciones”, afirmó.
Récalde señaló que los trabajadores lograron consenso para elegir a su representante mediante la Coordinadora Sindical, mientras que el sector de jubilados presentó 29 candidatos debido a la diversidad de asociaciones existentes.
“Como existen muchas más asociaciones de jubilados que centrales obreras, hubo más candidatos del sector, lo que nos obligó a revisar estatutos y representatividad”, concluyó.
El Consejo tendrá como funciones iniciales realizar auditorías, balances y análisis de los estados financieros de las cajas.